Actividad Subvencionable.

La actividad para la que pueden solicitarse las subvenciones reguladas en esta orden, podrá ser de alguna de las dos siguientes modalidades:

a) Proyectos de interés turístico regional Se entenderá por proyecto de interés turístico regional, a efectos de estas bases, aquel que tenga por objeto la realización de actuaciones turísticas singulares de repercusión regional al contribuir de manera efectiva y significativa a la desestacionalización y diversificación de la oferta turística regional por concurrir alguna de las siguientes circunstancias:

  • Por el carácter acusadamente innovador de las actuaciones previstas,
  • Por su potencial de reduplicación en otros ámbitos,
  • Por su relevancia y significación en el conjunto de la oferta turística en un área supramunicipal,
  • Por la ausencia de otras actividades de naturaleza e importancia análogas en su entorno,
  • Porque se destine a la creación de nuevas oficinas de información turística y puntos de información turística en el ámbito rural cuya finalidad sea la de proporcionar información de carácter supramunicipal.

Estos proyectos deberán suponer una inversión máxima de 250.000 euros.

b) Proyectos de mejora de señalización turística regional Se entenderá por proyecto de mejora de señalización turístico regional, a efectos de estas bases, aquel que tenga por objeto proyectos de mejora de la señalización de recursos turísticos de orientación, identificación e interpretación de los recursos turísticos y rutas turísticas. La actuación deberá incluir la señalización indicativa y direccional y la interpretación turística del recurso, que podrá realizarse, entre otros, mediante la instalación «un situ» de paneles o carteles explicativos, placas con códigos QR, material audiovisual y multimedia, pantallas táctiles, audioguías, utilización de sistemas basados en las nuevas tecnologías de la información y comunicación, así como aplicaciones para telefonía móvil cuya finalidad sea el acceso a la información sobre recursos turísticos.. El proyecto de señalización podrá comprender un solo recurso o integrar varios recursos del municipio en un único proyecto. Estos proyectos deberán suponer una inversión máxima de 50.000 euros. Toda la señalización deberá cumplir con lo establecido en el Manual de señalización turística de Castilla y León consultable en el apartado de información para profesionales del portal oficial de información turística de la Junta de Castilla y LeónEste enlace se abrirá en una ventana nueva.

Plazo hasta el 1 de diciembre de 2023